El juicio a la muerte


Télam Buenos Aires, 08/12/05 Mañana se cumplen 20 años del histórico fallo que condenaba a los principales jefes de las Juntas militares que asaltaron el poder el 24 de marzo de 1976. Foto: Archivo Télam/lz

13 de diciembre de 1983

Tras siete años de dictadura militar y tras solo tres días después de asumir la primera magistratura, el presidente Raúl Alfonsín firma el decreto 158 que ordena el juzgamiento “sumario ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas a los integrantes de la Junta Militar que usurpó el gobierno de la Nación el 24 de marzo de 1976 y a los integrantes de las dos juntas militares subsiguientes.”

El decreto establecerá, también, que ese “enjuiciamiento se referirá a los delitos de homicidio, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos a los detenidos” y prevé que la sentencia del tribunal militar “será apelable ante la Cámara Federal”.

Comenzaba el proceso que sería conocido como el Juicio a las juntas, la apuesta más arriesgada de la nueva administración por la cual la naciente democracia subiría al banquillo de los acusados a los dictadores que hasta hacía unas horas eran dueños de la vida y de la muerte de los argentinos. Un proceso inédito a nivel internacional y que puso a la Argentina en el foco de la atención informativa de esos días.

Los ex comandantes en jefe -cargo que se derogó y fue resumido tal como lo establece la Constitución por el presidente de la República- comenzaron a ser juzgados por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas el 28 de diciembre de 1983, como establecían las leyes del momento que indicaban que, independientemente del delito cometido, sólo los tribunales castrenses podían juzgar a los integrantes de las fuerzas armadas.

Había nacido la Causa 13.

Para llegar a este momento, fueron necesarios tres pasos urgentes y simultáneos: derogar la ley 22.924 de autoamnistía que se habían obsequiado los dictadores a modo de blindaje de despedida, decretar el juzgamiento de los tiranos, y conformar una comisión investigadora autónoma e independiente que sirviera de prueba.

Veamos cómo se recorrieron:

La ley 22.924 de Pacificación Nacional conocida como ley de autoamnistía, fue dictada el 22 de septiembre de 1983 y establecía la extinción de “las acciones penales emergentes de los delitos cometidos con motivación o finalidad terrorista o subversiva, desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 17 de junio de 1982”, al tiempo que indicaba que “nadie podrá ser interrogado, investigado, citado a comparecer o requerido de manera alguna por imputaciones o sospechas de haber cometido delitos o participado en las acciones a los que se refiere el artículo 1º”. 

En el marco de la campaña electoral que marcaría el retorno democrático del 30 de octubre de 1983, el candidato del justicialismo, Ítalo Argentino Lúder se pronunció por la validez de la ley:  “son derechos adquiridos que no pueden ser removidos”. en tanto el candidato de la Unión Cívica Radical, Raúl Alfonsín denunció un pacto sindical-militar y se comprometió a derogarla.

En cumplimiento de esa promesa, el primer proyecto de ley enviado por el Ejecutivo establece la derogación “por inconstitucional” y declara “ insanablemente nula la Ley de facto Nº 22.924“. Sancionado una semana después con el número 23.040 fue la primera ley aprobada por el congreso argentino tras la restitución de la democracia. 

Alfonsín podía dar el segundo paso y emitió el decreto 158 y comunicó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas el procesamiento de los integrantes de las tres primeras juntas militares.​

Esta arquitectura filosófica, política y jurídica estuvo a cargo, en lo esencial, de Genaro Carrió y Carlos Nino. 

Conadep: el tercer paso

Para recopilar y sistematizar los testimonios y materiales que corrían el riesgo de ser ocultados, destruidos o perderse, el 15 de diciembre de 1983, el Ejecutivo decretó la  creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, la CONADEP, que debía investigar y organizar las pruebas que presentaría el Estado en el juicio a las juntas militares.​

“No puede haber un manto de olvido. Ninguna sociedad puede iniciar una etapa sobre una claudicación ética semejante”, puso de relieve Alfonsín al momento de su creación.

Su decreto creador, el 187/83, estableció como funciones de la comisión recibir denuncias y pruebas sobre el terrorismo de Estado, averiguar el destino de personas desaparecidas, determinar la ubicación de niños sustraídos a la tutela parental, denunciar cualquier intento de ocultamiento de elementos probatorios y emitir un informe a los 180 días de su constitución.

Presidida por Ernesto Sabato, estuvo integrada por Ricardo Colombres, Hilario Fernández Long, Carlos T. Gattinoni, Gregorio Klimovsky, Marshall T. Meyer, Jaime de Nevares, Eduardo Rabossi, Magdalena Ruiz Guiñazú  y por tres diputados de la UCR: Santiago ‘Chiche’ López, Hugo Piucill y Horacio Huarte.

Durante 280 días, la comisión se dedicó a buscar testimonios de sobrevivientes, de familiares de víctimas, información sobre los represores, a descubrir los escenarios del infierno. Dónde, cuándo, cómo, quiénes… Graciela Fernández Meijide contó cómo debieron entrenar, contener o, incluso, reemplazar a quienes recibían las denuncias porque no lograban soportar la interpelación de esas historias.

La CONADEP fue la primera comisión de la verdad que funcionó en el planeta y en 2007 su fondo documental fue declarado Memoria del Mundo por la UNESCO.

También determinó que entre 1976 y 1983, el gobierno militar, ejerció las facultades concedidas por el estado de sitio para detener a 4.029 personas por menos de un año; a 2.296 entre uno y tres años; a 1.172 entre tres y cinco años; a 668 entre cinco y siete años; y a 431 entre siete y nueve años. Además que al menos 157 detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional pasaron a engrosar las listas de desaparecidos tras haberse dispuesto su libertad.

Además, consignó que 359 personas habían sido desaparecidas por la Triple A y otros grupos parapoliciales.

El trabajo fue monumental y permitió formular denuncias ante la justicia, comprensivas de 1.086 legajos que daban por acreditados la existencia y funcionamiento de centros clandestinos de detención; una nómina parcial de desaparecidos que allí fueron vistos con vida, y de miembros de las fuerzas armadas y de seguridad mencionados por las víctimas como responsables de los graves hechos denunciados. Todo eso en más de 7000 archivos acumulados en 50 mil páginas que fueron la base del Juicio a las Juntas de 1985.

“Con tristeza, con dolor, hemos cumplido la misión que nos encomendó en su momento el Presidente Constitucional de la República, esa labor fue muy ardua porque debimos recomponer un tenebroso rompecabezas después de muchos años de producidos los hechos, cuando se habían borrado deliberadamente los rastros, se habían quemado toda la documentación y hasta se habían demolido edificios. Hemos tenido que basarnos en las denuncias de familiares, en las declaraciones de aquellos que pudieron salir del infierno y aún en los testimonios de represores que por oscuras motivaciones se acercaron a nosotros para decir lo que sabían”, dijo Ernesto Sábato durante la entrega del informe al presidente Alfonsín quien dispuso que fuera publicado en forma de libro bajo el nombre de Nunca Más, EUDEBA lo hizo y vendió más de 600 mil ejemplares. 

“Duele al par sancionar”

Este aforismo de obra del secretario del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, el coronel Jorge González Ramírez, y explica con la profundidad acostumbrada por gran parte de nuestra milicia por qué fue necesario reformar el Código de Justicia Militar.

En ese sentido, el 13 de febrero de 1984, se sancionó la ley 23.049 que reformaba el vetusto código. A partir de ese momento, la justicia militar sólo tendría jurisdicción sobre delitos  vinculados al ejercicio de la función como deserción o insubordinación, en tanto que cualquier otro delito cometido por personal castrense sería jurisdicción de la justicia ordinaria. Además, incorporó dos variantes: las sentencias podían ser apeladas ante la cámara federal que, además, tenía la posibilidad de avocarse a las causas si consideraba que se demoraban injustificadamente en la órbita de las fuerzas armadas.

Ante el evidente desinterés del Consejo Supremo de juzgar a sus camaradas, el 11 de julio de 1984 la Cámara Federal le indicó que en 30 días informara si hubo método en la violación de derechos humanos por parte de las juntas militares. Tras el silencio del tribunal militar, el 22 de agosto la cámara le dio una prórroga de otros 30 días.

“Se hace constar que, según resulta de los estudios realizados hasta el presente, los decretos, directivas, órdenes de operaciones, etcétera, que concretaron el accionar militar contra la subversión terrorista son, en cuanto a contenido y forma, inobjetables”, sostuvo el Consejo Supremo en su una resolución del 25 de septiembre.

No habían pasado cinco días desde la presentación del Nunca Más, el 20 de septiembre, donde se exhiben 8.961 casos de desapariciones, 340 centros clandestinos de detención, y el nombre de unos 1.500 militares y policías involucrados.

Hacerse cargo

El 4 de octubre de 1984 la Cámara Federal desplazó al tribunal militar y se hizo cargo directamente de la causa. Los integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal que juzgó a las Juntas Militares fueron: Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés J. D’Alessio. Durante el juicio, los jueces rotarían cada semana en la presidencia del tribunal.

A cargo de la fiscalía estuvo Julio César Strassera y Luis Moreno Ocampo fue fiscal adjunto. Lo escueto del equipo se debe a que todos funcionarios judiciales a quienes se les solicitó colaboración se excusaron de participar.​

Antes de iniciarse las audiencias, el fiscal y algunos miembros del tribunal recibieron llamadas telefónicas en el marco de una operación promovida por el ministro del Interior de la dictadura, Albano Harguindeguy, en la que se buscaba acordar que los miembros de las juntas reconocerían su responsabilidad a cambio de no ser juzgados y del silencio de los testigos.

Esta propuesta fue acompañada de cientos de presiones cuarteleras como salidas inusitadas de tanques, declaraciones extorsionadoras, medias palabras y amenazas de oficiales en actividad y al mando de tropa que estaban decididamente en contra de estos juicios. Por otro lado, sectores del peronismo que dominaba el Senado, presentaban proyectos de leyes de amnistía en pos de la “reconciliación y pacificación”. 

-“Yo no tengo ninguna instrucción que darle, sólo que haga lo que tenga que hacer y no se vuelva loco”, le dijo Alfonsín a Strassera..

-“‘Para eso ya es tarde, señor Presidente”, respondió el fiscal.

Uno de los camaristas, Ricardo Gil Lavedra, contó que cuando se estaba preparando la sala del juicio, el comisario los llamó para advertirles que era necesario cambiar el estrado de lugar pues estaba de espaldas a un gran ventanal. “Nos dijeron que no nos garantizaban que hubiesen francotiradores al otro lado de la calle”, subrayó Lavedra.

La cantidad de delitos sobre los que se poseían constancias superan los diez mil, por lo cual el fiscal decidió presentar casos paradigmáticos que demostraran la existencia de un plan metódico de exterminio, una estrategia judicial usada por el Consejo Europeo de Derechos Humanos. De los 709 casos presentados, el tribunal decidió examinar 280.

El juicio

Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 se realizaron las audiencias públicas en la el palacio de Justicia de la Nación. Por allí pasaron 833 personas a declarar durante 530 horas en las que se demostró la existencia de un aparato clandestino de represión cuyo sistema operativo contemplaba la privación ilegitimidad de la libertad, la tortura, y eliminación física de los detenidos y que era ejecutado por integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad en forma organizada y vertical.

Fue el primer juicio oral y público que tuvo lugar en Buenos Aires, eso significó que en las audiencias estaba abierta la entrada al público en general, pero no eran tantas las personas que cabían.

Para garantizar la pervivencia de los testimonios, el penalista Bernardo Beiderman organizó un operativo cinematográfico para asegurar los videos con las grabaciones del juicio pues los magistrados temían que fueran destruidas. El 25 de abril de 1988, los seis togados junto a algunas de sus esposas viajaron a Oslo, en sus valijas se repartieron los 147 casetes. En una bóveda a prueba de incendios y bombas nucleares, los videos son custodiados junto al original de la Constitución de Noruega.

Recién en 2000, el Archivo General de la Nación comenzó a copiar las grabaciones originales y hubo que esperar a 2005 para que según Ley Nacional de Archivos se declare material histórico.

Testimonios del horror

El primer testigo del juicio fue Italo Luder, el candidato derrotado en 1983 y presidente interino durante el mandato de María Estela Martínez de Perón, en 1975 cuando se firmaron decretos ordenando a las Fuerzas Armadas “aniquilar el accionar de los elementos subversivos”. Cuando se le preguntó por los alcances del término “aniquilar” dijo: “Quiere decir inutilizar la capacidad de combate de los grupos subversivos, pero de ninguna manera significa aniquilamiento físico ni violación de la estructura legal que en el país permanecía para derivar todo lo que fuera represión dentro de un marco legal.” 

El 24 de abril declararon dos dirigentes sindicales: el telepostal Ramón Baldassini y el plástico Jorge Triacca. Ninguno recordaba nada, pese a que un tercio de los desaparecidos eran trabajadores sindicalizados o a que Triacca estuvo secuestrado y detenido sin causa en un buque de guerra donde dijo recibir “un trato ejemplar”. 

El testimonio más largo del juicio duró 5 horas con 40 minutos. Estuvo a cargo del recientemente fallecido Víctor Melchor Basterra, un obrero gráfico quien estuvo secuestrado en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) entre 1979 y 1983. Encargado de falsificar documentación para oficiales de la marina, fue robando material que presentó como pruebas ante el tribunal.

Ese día, en la sala estuvo el escritor Jorge Luis Borges. Tras oir el testimonio escribió una crónica: Lunes, 22 de julio de 1985.

Borges en el Juicio a las Juntas

“De las muchas cosas que oí esa tarde y que espero olvidar, referiré la que más me marcó, para librarme de ella. Ocurrió un 24 de diciembre. Llevaron a todos los presos a una sala donde no habían estado nunca. No sin algún asombro vieron una larga mesa tendida. Vieron manteles, platos de porcelana, cubiertos y botellas de vino. Después llegaron los manjares (repito las palabras del huésped). Era la cena de Nochebuena. Habían sido torturados y no ignoraban que los torturarían al día siguiente. Apareció el Señor de ese Infierno y les deseó Feliz Navidad. No era una burla, no era una manifestación de cinismo, no era un remordimiento. Era, como ya dije, una suerte de inocencia del mal”, apuntó Borges.

Erik Stover, director de la Asociación Americana de Ciencias, y el antropólogo Clyde Snow. contaron el caso de Matilde Lanuscou, una beba de 6 meses supuestamente asesinada con su familia. Al exhumar los restos enterrados como NN, en el féretro que le correspondía en vez de una osamenta encontraron “el traje de un bebé, una manta y un chupete”, continúa  desaparecida.

En la audiencia del 26 de abril, el brigadier Augusto Jorge Hughes, integrante de la última junta militar, mantuvo este diálogo con el fiscal Strassera:

“-La tortura de un prisionero desarmado, maniatado y con los ojos vendados, ¿es un acto de guerra?
-La tortura de ninguna forma es un acto de guerra.
-La muerte del prisionero capturado e inerme, ¿es un acto de guerra?
-Negativo.”

El 29 de abril, el periodista británico Robert Cox y director del Buenos Aires Herald reveló que Mariano Grondona le había comentado que existía un pacto de sangre entre los militares: “Un oficial que quizás siempre había tenido tareas administrativas era llamado para ejecutar a alguien o quizás para cavar una tumba”. Citado, Grondona declaró el 6 de mayo que la teoría del pacto de sangre “era una versión bastante corrida por Buenos Aires en esos años”.

“Nuestro gremio sufrió muchas bajas, varias de ellas amigos míos. Puedo mencionar el caso de Rafael Perrota, muy amigo mío. Puedo mencionar el caso de Julián Delgado, Horacio Agulla, todos amigos míos”, abundó.

Por su parte, el director del diario conservador La Prensa, Máximo Gainza, reveló que recibían gacetillas de los Montoneros, pero que ese material era ensobrado por los servicios de inteligencia. También recordó que el hijo del periodista Rafael Perrota -citado por Grondona- pagó 80.000 dólares de rescate por su padre pues creía que estaba secuestrado por delincuentes comunes.

“-Si la testigo conoce, por circunstancias de relación familiar o personal, que algún inocente haya sido perseguido en la lucha antisubversiva, indicando nombre y apellido.

-Me permito hacer otra vez mención a los niños desaparecidos, para no hablar de tanta gente a la cual también la mandaron con disculpas a su casa después de haberla torturado. Esos 172 chicos que desaparecieron, ¿eran terroristas?”, fue el diálogo entre el defensor de Massera y la periodista Magdalena Ruíz Guiñazú.

Adriana Calvo de Laborde fue la primera víctima directa que declaró en el juicio. El 4 de febrero de 1977 un grupo armado la detuvo en su casa y la llevaron a un centro clandestino. Estaba embarazada de seis meses. “Yo estaba por tener familia. Iba acostada en el auto, los ojos vendados y las manos atadas atrás. Ellos me insultaban. Les decía que estaba por nacer mi criatura, que no podía aguantar más, que pararan, que no era mi primer hijo, que yo sabía que estaba por nacer. El que manejaba y el que lo acompañaba se reían, me decían que era lo mismo, que igual me iban a matar, que iban a matar al chico, que qué me importaba… con un trapo sucio ataron el cordón y seguimos camino. Habían pasado tres minutos. Mi beba lloraba, yo seguía con las manos atrás, seguía con los ojos tapados. No me la querían dar, señor presidente”.

Jacobo Timerman, director del diario La Opinión, declaró el 3 de mayo. Contó que mientras lo torturaban un médico le auscultaba el corazón y le revisaba las encías, donde le habían aplicado picana eléctrica. Timerman vio al periodista Rafael Perrota: “Estaba completamente loco, muy golpeado, desvariaba”.

Timerman perdió la ciudadanía y fue expulsado del país. Expropiado, La Opinión, pasó a ser un diario procesista.

El general Alejandro Agustín Lanusse, dictador entre 1970 y 1973, recalcó en su testimonio: “Qué se puede hacer con un Ejército en el cual los oficiales andan en coches robados, en allanamientos, y las familias de los oficiales toman el té en vajillas robadas en los procedimientos””.

El capitán de fragata retirado Jorge Búsico fue jefe de la División Estudios de la Escuela de Mecánica de la Armada entre 1976 y comienzos de 1977 indicó que cuando los grupos de tareas regresaban “traían a encapuchados dentro de los autos” y que “nunca” vio salir a ninguno. 

“Yo me siento cómplice de todo eso. Creo que colaboré con mi silencio. No tuve el valor necesario para hacer las denuncias. El clima que se vivía era como para no arriesgar opiniones francas. Allí adentro la vida no tenía ningún valor. Cualquiera fuese la vida que se tratase”, admitió. Tras el testimonio, de “inestabilidad emocional”, pidió el retiro.

María Verónica Lara relató cómo habían sido secuestrados su madre y su padrastro. Ella se quedó con sus tres hermanitos cuando se llevaron a sus padres. Recordaba todo. Tenía siete años en ese momento y 16 cuando declaró.

Alberto Maly contó que en Quilmes, le daban con la picana y lo quemaban con cigarrillos. “Todavía pueden darle”, autorizaba un médico, mientras que el docente y dirigente Alfredo Bravo recordaba que no lo fusilaron porque “no habían traído el combustible ni las gomas necesarias para quemar”.

El juicio demostró la responsabilidad de los jefes y arrancó de raíz las hipótesis fundadas en errores y “excesos propios de cualquier acción militar”, que llevaron adelante los defensores de los ex comandantes

Nunca más

El alegato de la fiscalía tuvo lugar entre el 11 y el 18 de septiembre. Strassera consideraba que la responsabilidad por cada delito debía ser compartida por los miembros de cada junta a la que se le había probado participación, un criterio que el tribunal no aceptó al estimar que las responsabilidades debían ser asignadas por cada fuerza armada

“Señores jueces: quiero renunciar expresamente a toda pretensión de originalidad para cerrar esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: ‘Nunca más’”.

Una imagen que dio la vuelta al mundo.

Las defensas argumentaron, entre el 30 de septiembre y el 21 de octubre, que se había tratado de una guerra, y que los actos tratados no eran otra cosa que circunstancias inevitables de todo conflicto bélico.

Sentencia y después

El 9 de diciembre, el presidente del tribunal, León Arslanián, leyó la sentencia del tribunal que dictaminó que las juntas diseñaron e implementaron un plan criminal al tiempo que rechazó la ley de autoamnistía. El fallo estableció que cada fuerza actuó autónomamente y que las penas deben ser graduadas en función de esa circunstancia y concluyó que la fiscalía no probó que durante el mandato de la tercera junta se hubieran cometido crímenes por lo cual la exculpó.

Jorge Rafael Videla  y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua; Roberto Eduardo Viola fue condenado a 17 años de prisión, Armando Lambruschini a 8 años, y Orlando Ramón Agosti a 4 años y 6 meses de prisión.

Por su parte, Omar Domingo Rubens Graffigna y Arturo Basilio Lami Dozo fueron absueltos porque asumieron la comandancia después que se cerrara el único centro de detención de su fuerza. Mientras que Leopoldo Fortunato Galtieri y Jorge Isaac Anaya fueron absueltos porque no se pudo demostrar que personal a su cargo siguiera cometiendo alguno de los delitos del sistema ilegal de represión implementado cuando ellos asumieron el poder.

“Ahora me puedo morir en paz”, confesó D’Alessio a su esposa.,

El fallo fue ratificado por la Corte Suprema el 30 de diciembre de 1986.

El juicio estaba terminado. Por primera vez militares latinoamericanos que planearon y realizaron un golpe de estado fueron enjuiciados y condenados por un tribunal civil, un hecho que contrastó con las transiciones negociadas de esos años en Uruguay, Chile, Brasil, España, Portugal y Sudáfrica.

“La sensación que tengo vista la distancia es… ¿cómo pudimos? Eran tantas las dificultades de toda índole, la complejidad del juicio más grande que ha habido en la historia argentina, la falta de recursos materiales… Fue un trabajo monumental”, considera Gil Lavedra.

El presidente Raúl Alfonsín cumplió su promesa electoral lo que lo colocó a la vanguardia en materia de derechos humanos aunque tuvo que soportar las consecuencias y pagar costos infinitos. 

El 29 de diciembre de 1990 el nuevo presidente, el peronista Carlos Menem mediante el decreto 2741/90 indultó a los cinco condenados.