El que viajó por el fin de semana largo no podrá volver a su hogar hasta el 31 de mayo

El DNU entró en vigencia el sábado pero el viernes muchos optaron por salir a las rutas. "No van a poder regresar", aclaró Eduardo Villalba.

El DNU del presidente Alberto Fernández entró en vigencia a las cero del sábado pero muchos optaron por salir de viaje el día anterior. Desde el Ministerio de Seguridad aclararon que aquellos que estén fuera de su domicilio, deberán permanecer allí hasta el 31 de mayo, ya que las restricciones se encuentran vigentes hasta el 30.

Eduardo Villalba, secretario de Seguridad y Política Criminal, aclaró que “a la persona que se detecte que no tiene permiso para circular se le inicia una causal judicial”, pero remarcó que “en los controles que tienen las fuerzas federales no hubo mayores inconvenientes”.

Caso distinto es el de los que decidieron viajar por el fin de semana extra largo. Vale recordar que se había suspendido el feriado puente de hoy, pero fue restituido con el anuncio de las nuevas restricciones, que entraron en vigencia a las cero del sábado y se extenderán hasta el 30 de mayo inclusive.

“La restricción establece que las perosnas no se muevan de sus casas o lo hagan dentro del rango de su domicilio”, precisó el funcionario en declaraciones a Radio Mitre, motivo por el que “aquellos que hayan viajado lejos de su domicilio o emprendido accesiones de turismo, no van a poder regresar”. “Más allá de cuándo se publicó el decreto, la gente sabía del temperamento que iba a tener, ya estaba advertida”, apuntó.

El Gobierno difundió el viernes por la noche el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece un aislamiento estricto desde las cero del sábado y hasta el 30 de mayo en las zonas del país con mayor riesgo epidemiológico, una medida con la que apunta a “evitar consecuencias irreversibles para la salud publica” por el avance de la pandemia de coronavirus.

A las restricciones que estaban vigentes se suman desde esta medianoche en los grandes conglomerados urbanos la suspensión de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales hasta el 30 de mayo, medida que estará vigente también durante el fin de semana del 5 y 6 junio.

En las regiones donde la circulación del virus alcanza altos niveles, podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias, sin necesidad de tramitar el permiso para circular para estas actividades. No obstante, no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, y tampoco se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

La gastronomía sólo podrá trabajar mediante delivery y take away, refiere el DNU, mientras que el transporte público quedará habilitado para las personas autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación, quienes deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19″.