La Corte Suprema de Justicia le ordenó al Estado nacional devolverle fondos coparticipables a la provincia de La Pampa, tal como lo hizo en los casos Santa Fe, Córdoba y San Luis en 2015.
El máximo tribunal declaró inconstitucional un decreto del Poder Ejecutivo que autorizaba al Estado a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que correspondían a la provincia, en miras a reordenar y dotar de financiamiento a la AFIP.
El tribunal fijó 120 días para que las partes acuerden la forma y plazos para el reintegro en un fallo que fue firmado por los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
En el fallo, la Corte consideró que el Poder Ejecutivo no podía “unilateralmente modificar un régimen que según exige la Constitución Nacional debe ser acordado por todas las provincias y el Estado nacional”.
En 2015 el máximo tribunal aplicó el mismo fallo con relación a las provincias de Santa Fe y San Luis, que habían iniciado una causa contra el Estado nacional por la retención del 15% de los recursos del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos para el financiamiento del sistema previsional. En ese momento, el tribunal falló resarcir a las dos provincias por casi 30 mil millones de pesos más los intereses.