Mañana comienza el pago del IFE: el calendario

Desde el 2 y hasta el 17 de julio se abonará el Ingreso Familiar de Emergencia.

fe de vida - anses- bono

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) anunció que mañana comienza el pago de la segunda ronda del Ingreso Familiar de Emergencia para aquellas personas que validaron su Clave Bancaria Uniforme (CBU) en el aplicativo del sitio web del organismo y en el primer pago del IFE eligieron otra modalidad de cobro.

El cronograma indica que aquellos con DNI finalizado en 0 pueden cobrar el 2 de julio; 1, 3; 2, 6; 3, 7; 4, 8; los que finalicen en 5 pueden percibir el monto el 13 de julio; 6, el 14; 7, 15; 8, 16; 9, 17 de julio.

Ayer había anunciado los calendarios de pago del mes de julio para jubilados y pensionados, Pensiones No Contributivas, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, Prestación por Desempleo y Asignaciones Familiares y de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento y Adopción). 

En cuanto a jubilaciones y pensiones de haberes que no superen los $18.952, los documentos finalizados en 0 pueden cobrar el 8 de julio; 1, 13; 2, 14; 3, 15; 4, 16; 5, 17; 6, 20; 7, 21; 8, 22; 9, 23. En el caso de que superen esa suma, los documentos terminados en 0 y 1 cobran el 24; 2 y 3, 27; 4 y 5, 28; 6 y 7, 29; 8 y 9 el 30 de julio.

En el caso de Asignación Familiar por Hijo y Asignación Universal por Hijo comparte calendario con Asignación por Embarazo: los DNI finalizados en 0 cobran el 8; 1, 13; 2, 14; 3, 15; 4, 16; 5, 17; 6, 20; 7, 21; 8, 22; 9, 23.

Asignación por Prenatal y Asignación por Maternidad: los que tengan DNI que finaliza con 0 y 1 pueden cobrar el 13; 2 y 3, 14; 4 y 5, 15; 6 y 7, 16; 8 y 9, 17. el pago de Asignaciones de pago único: matrimonio, adopción y nacimiento será la primera quincena del 6 al 10; la segunda, 23 de julio al 10 de agosto.

Pensiones no Contributivas se abonan para 0 y 1, el 1; 2 y 3, el 2; 4 y 5, 3; 6 y 7, el 6; 8 y 9, el 7. Las Asignaciones Familiares de Pensiones no Contributivas se pagan del 8 al 10. El seguro de Desempleo se abona para DNI 0 y 1, el 27; 2 y 3, el 28; 4 y 5, el 29; 6 y 7, 30; 8 y 9, 31.