¿Qué está permitido y qué no, según la zona?

Las restricciones se adecúan a la zona y el lugar que ocupa en el semáforo epidemiológico.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) 287 del 1 de mayo, que fue prorrogado hasta el próximo 25 de junio, establece una serie de restricciones, según un semáforo epidemiológico que divide a los distintos distritos del país en cuatro categorías.

Los cuatro niveles son: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alerta epidemiológica, que se crearon ene función de los parámetros de la razón y la incidencia de los contagios.

Los tres primeros niveles incluyen departamentos o partidos de más de 40.000 habitantes, mientras que la categoría de “alerta” es aplicada a los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes.

Estos se considerarán en alerta si la incidencia es igual o mayor a 500 casos cada 100.000 habitantes, o donde el porcentaje de ocupación de camas unidades de terapia intensiva es igual o mayor al 80%.

En ese marco, las actividades restringidas para mitigar el impacto de la segunda ola, establecidas en el DNU 287 del 1 de mayo, que fueron prorrogadas hasta el 25 de junio, según el DNU 381 publicado hoy en el Boletín Oficial son:

En todo el país siguen suspendidos viajes grupales de egresados, jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales; no puede haber actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas; se establece un aforo del 50% de todas las superficies cerradas para realizar actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios; se fomenta el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.

En las zonas de “alarma epidemiológica y sanitaria”, siguen suspendidas actividades de centros comerciales y shoppings; los locales comerciales deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente; los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía. Entre las 6 y las 19, los locales gastronómicos solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre.

También queda suspendida la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre; queda suspendido el funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines; la restricción de circular regirá desde las 20 hasta las 6 del día siguiente; las clases presenciales se suspenden en todos los niveles y en todas sus modalidades.

En las zonas del país en “alto riesgo” epidemiológico siguen suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; siguen suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas; sigue suspendida la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados; siguen cerradas las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

Se prohíbe la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas; siguen cerrados cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre; los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 23 y las 6 del día siguiente, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía; se establece un aforo del 30 por ciento en comercios y espacios cerrados de locales gastronómicos; la circulación nocturna se prohíbe entre las 0 y las 6 de cada día.

En las zonas en “medio riesgo” las autoridades de cada distrito “podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas”.

En las zonas de “bajo riesgo”, en tanto, se aplican las medidas generales que rigen para todo el país.