Mantienen la suspensión de vuelos a Gran Bretaña

Así se dispuso a través de una Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que fue publicada en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional mantendrá la suspensión de viajes que tengan como origen o destino a Gran Bretaña y recomienda a los mayores de 60 años “diferir sus vuelos al exterior” como prevención ante la suba de casos de coronavirus, según se dispuso a través de una Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros que encabeza Santiago Cafiero y que fue publicada en el Boletín Oficial.

En la decisión administrativa, que entrará en vigencia este sábado y se extenderá hasta el 31 de enero, inclusive, “se recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales”.

“La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la República Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con Covid-19”, establece la normativa.

Migraciones y la ANAC coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de Estados Unidos y Europa.

Se solicita además a la Secretaría de Innovación Pública que implemente la aplicación Cuidar para que sea “de descarga y utilización obligatoria para toda persona que ingrese al país de conformidad con las disposiciones de Migraciones”.

El personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.

En tanto, para el caso de los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de Migraciones y autoridad Sanitaria, tendrán sus actividades supervisadas por el Ministerio de Turismo y Deportes.

En la normativa, la Dirección de Migraciones establece que “aquellas personas que hayan egresado del Territorio Nacional por medio de pasos fronterizos terrestres entre los días 1° de abril de 2020 y 25 de diciembre de 2020, podrán ingresar por cualquiera de los pasos habilitados a tal efecto, siendo de no obligatoriedad perfeccionar el movimiento migratorio a través del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza y el aeropuerto Internacional San Fernando de la localidad de San Fernando, y el Puerto de Buenos Aires, Terminal Buquebús”.

Vía terrestre se permitirá únicamente el ingreso de argentinos o residentes que salieron del país antes del 25 de diciembre de 2020; los que hubieren egresado con posterioridad deberán ingresar a través de los aeropuertos habilitados a tal fin, exclusivamente. En todos los casos deberán contar con el requisito de PCR negativo y realizar cuarentena obligatoria de 7 días.

Los pasos fronterizos de San Sebastián (en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur) e Integración Austral (Santa Cruz) quedan exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con el resto del territorio argentino, y el resto de las las fronteras terrestres estarán cerradas.