El Gobierno estudia cómo seguir mientras Diputados debate en comisión la Ley de Pandemia


El gobierno nacional trabaja en la elaboración de un nuevo decreto que establezca las restricciones a la circulación que continuarán vigentes luego del vencimiento de la normativa que actualmente rige a nivel nacional. De acuerdo a los trascendidos, prepara una leve distención de las medidas de control de la pandemia ante el amesetamiento de los contagios.

Paralelamente, en Gobierno espera que avance en la Cámara de Diputados la denominada “ley de pandemia” con la que busca establecer parámetros permanentes para el nivel de respuesta ante situaciones de riesgo sanitario. Esa norma permitiría además establecer las restricciones en función de parámetros epidemiológicos generales que luego cada provincia debería observar para tomar sus propias decisiones sanitarias.

Por el momento, el oficialismo no consiguió establecer un acuerdo con la oposición por diferencias fundamentalmente en torno a las condiciones que se deberían cumplir para que los distritos entren en la categoría de Alarma epidemiológica, y las consecuencias que ello acarrearía: la posibilidad de que el Ejecutivo nacional intervenga automáticamente en esos territorios.

La iniciativa que este jueves se debate en comisiones de Diputados reúne los criterios sostenidos en los DNU firmados por el Poder Ejecutivo desde el inicio de la pandemia, y hace hincapié en las reuniones sociales, el control del número de camas de terapia intensiva y el dictado de clases presenciales.

Entre otras cuestiones, establece una serie de parámetros para definir las medidas restrictivas en los centros urbanos de acuerdo con los riesgos: bajo, mediano, alto y “Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria” que se aplicarán en todo el país.

El proyecto mantiene el dictado de clases presenciales y las restringe en aquellas zonas en “situación de alarma”.

En las urbanizaciones con “alarma epidemiológica y sanitaria” se suspenden los centros comerciales y ferias, los locales gastronómicos, la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre, los gimnasios y la circulación entre las 19 y las seis de la mañana.

También se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares; las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez personas; la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados; las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

Asimismo, establece que los gobernadores y el jefe de Gobierno porteño, según corresponda, podrán suspender en forma temporaria las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente.