La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado modificaciones en el régimen courier con el propósito de simplificar los envíos internacionales. A partir de ahora, un mismo paquete podrá incluir múltiples piezas de hasta 50 kilogramos cada una, sin un límite total de peso para la carga.
Anteriormente, los envíos estaban restringidos a un máximo de 50 kg por paquete, sin importar la cantidad de piezas. Este cambio facilitará las operaciones de comercio exterior, permitiendo una mayor flexibilidad en las transacciones.
Adicionalmente, se estableció que el valor máximo permitido por envío, tanto para importación como exportación, será de hasta 3.000 dólares, aplicable a personas físicas y jurídicas registradas, ampliando el límite previo que era de 1.000 dólares.
Para importaciones con fines personales, se introdujo una franquicia de 400 dólares, lo que exime del pago de impuestos hasta ese monto y disminuye considerablemente los costos impositivos en comparación con el régimen anterior.
Los cambios fueron formalizados a través de la Resolución General 5.631/25, publicada recientemente en el Boletín Oficial.
La normativa también especifica que ya no será requisito contar con un domicilio fiscal electrónico para realizar estas operaciones. Asimismo, los operadores de servicios postales deberán conservar registros digitalizados de las entregas por un periodo de cinco años.
El comunicado oficial destaca que el ARCA busca constantemente promover el comercio internacional y garantizar claridad en los procesos aduaneros, priorizando la agilidad y simplicidad en las gestiones.
En comparación con el sistema puerta a puerta, el régimen courier permite un mayor volumen de carga y establece la franquicia de 400 dólares para importaciones personales, aplicando solo un 21% de IVA sobre el excedente. En cambio, el sistema puerta a puerta ofrece un tope de 50 dólares, con una tasa impositiva del 50% sobre el monto excedido.
Otro aspecto diferenciador es la forma de entrega: el courier asegura la recepción directa en el domicilio del destinatario sin necesidad de trámites presenciales en la Aduana, mientras que el sistema puerta a puerta podría requerir la presentación personal en una sucursal y la realización de gestiones adicionales.