Impuestos: La AFIP también llegó a las billeteras virtuales


La explosión de los medios de pago electrónicos, logró que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ponga en la mira e incorpore desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos alcanzados por varios tributos y aumente los controles sobre estas operaciones.

Tal es así que la Comisión Arbitral (COMARB), encargada de la recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos en todo el país, aprobó la creación del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), que entrará en funciones a partir del 1 de octubre.

La resolución 9/2022 emitida por el organismo interjurisdiccional creó este sistema que se aplicará a los importes que sean acreditados en cuentas de pago abiertas por los Proveedores de Servicio de Pago (PSP). Se trata de un mecanismo que grava las actividades que realizan las personas a través de e-commerce cuando acrediten los pagos a través de billeteras digitales.

El organismo publicará el Registro de Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago en el sitio www.sircupa.comarb.gob.ar, quienes se convertirán en agentes de recaudación.

Serán sujetos pasibles de este impuesto quienes realicen comercialización de bienes o servicios a través de cualquier medio electrónico, plataforma digital, aplicación, dispositivo móvil o similares.

La COMARB determina el nexo jurisdiccional en el domicilio del comprador. Por lo cual el vendedor deberá darse de alta en ingresos brutos en cada provincia donde realice una venta y deberá tributar este impuesto en todas las jurisdicciones que le correspondan.

Los coeficientes aplicables serán calculados en forma mensual y podrán ser consultados en el sitio Sistema Federal de Recaudación (SIFERE) dentro del módulo Consultas.

Los contribuyentes alcanzados por este régimen, contarán con el detalle de las retenciones sufridas en los resúmenes o extractos que emitan los agentes de recaudación. Posteriormente podrán deducirlas en las liquidaciones mensuales del impuesto a los ingresos brutos.

Ante eventuales reclamos y consultas ante el Comité de Administración creado por la misma resolución, los contribuyentes deberán enviar un correo electrónico a sircupa@comisionarbitral.gob.ar, identificándose con CUIT y motivo y adjuntar documentación de respaldo.

Un informe sobre uso de dinero electrónico de la Red Link indicó que en Argentina existen aproximadamente 10 millones de usuarios de billeteras virtuales, una expansión que no es indiferente a la presión tributaria que, también, llega a estos actores relativamente nuevos dentro del sistema financiero.

A raíz de este fenómeno, hacia fines de mayo la AFIP estableció que las billeteras digitales deberán informar los movimientos de sus clientes cuando éstos superen los $30.000. una medida que busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias y mejorar las herramientas de control de un sector en alza.