El Gobierno reglamentó el permiso de traslado para niños y niñas, para el caso de padres separados. Se puede realizar una vez a la semana, para resguardar el vínculo afectivo del menor, y se debe llevar una declaración jurada.
La decisión administrativa plantea que “a fin de garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a mantener relaciones personales y contacto directo con progenitores o referentes afectivos en los términos establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial de la Nación” se incorporan excepciones al cumplimiento de la cuarentena.
Se suman el “traslado de niños, niñas y adolescentes, al domicilio del otro progenitor o progenitora, o referente afectivo, siempre que ello sea en el interés superior del niño, niña o adolescente”.
Aclara que “si se trata de una familia monoparental, el progenitor o la progenitora podrá trasladar al niño, niña o adolescente al domicilio de un referente afectivo, siempre que ello sea en el interés superior del niño, niña o adolescente”.
“Se encuentran habilitados para realizar los traslados previstos en la presente cualquiera de los progenitores o progenitoras, o referente afectivo, que esté conviviendo con el niño, niña o adolescente durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” regulado por Decretos Nros. 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20 y sus eventuales prórrogas”, explica.
El traslado podrá realizarse una vez por semana. Las personas alcanzadas por este artículo deberán portar completa la declaración jurada.
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