Reformularon el REPRO, ¿quiénes puede acceder al beneficio?


Potenciar trabajo

El Gobierno nacional oficializó hoy los alcances y requisitos para acceder al Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (REPRO), que busca ayudar a empresas en problemas para pagar los sueldos de sus empleados.

La Resolución 420/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial establece que el subsidio se entregará durante tres meses y que el interesado sólo podrá inscribirse en el programa en dos ocasiones como máximo, independientemente si lo hace de manera consecutiva o no.

La medida firmada por Claudio Moroni es un fusión modificada de sus predecesores, una decisión que justifica al alegar que “en el contexto actual de la economía nacional, se evidencian diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica y del empleo”.

La norma establece que un comité de evaluación y monitoreo estará encargado de analizar los “indicadores patrimoniales, financieros y económicos” de quienes soliciten el beneficio de “un subsidio a la nómina salarial” de las empresas que consiste en una “asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los sujetos empleadores adheridos al Programa”, según define.

Detalles del nuevo REPRO

Por otro lado, aclara que para acceder al programa los empleadores, además de cumplir con los requisitos e indicadores del programa, deberán presentar un plan de recuperación económica, productiva y laboral que sea “consistente, veraz y factible” y que será evaluado por la cartera laboral.

Además, indica que no podrán acceder al beneficio los empleadores que perciban subsidios del Estado Nacional, provincias y municipios, así como las empresas con una antigüedad menor a seis meses al momento de presentar su solicitud.

El monto del que se hará cargo el Estado “será equivalente al 50% de la remuneración total hasta un máximo del 50% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa”.

A partir del 1° de abril, el salario mínimo está en $38.940 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo.

También detalla que para percibir la asignación, los trabajadores “no deberán percibir una remuneración total superior a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, se detalla.

La asignación será por tres meses y el empleador solo podrá acceder durante dos períodos, que pueden ser o no consecutivos, siempre que sea dentro de los tres años desde el inicio del primer período otorgado.

Quiénes pueden acceder

Los condiciones de acceso que detalla la resolución son las siguientes:

  • Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (Repro).
  • Presentar un plan de recuperación económica, productiva y laboral consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.
  • No haber efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.

Para inscribirse, deberán ingresar con su clave fiscal en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos donde encontrarán el detalle de la documentación y que deberán presentar para aceder al subsidio.

Por otro lado, perderán el beneficio quienes despidan empleados sin justa causa.