Presentan proyecto de ley de alquileres que limita gastos y honorarios a cargo del inquilino

Lo impulsa el senador bonaerense por el Frente de Todos Francisco Durañona.

Un proyecto de ley de alquileres para impedir que los inquilinos paguen gastos de gestoría y limitar el porcentaje de honorarios en el primer año de contrato fue presentado en la Legislatura bonaerense con el objetivo de evitar situaciones de vulnerabilidad y desigualdad contractual para el locatario.

“El espíritu de este proyecto está orientado a quitarle presión a los inquilinos en cuanto a gastos que verdaderamente no corresponden que lo asuman los inquilinos”, explicó el autor de la iniciativa el senador del Frente de Todos Francisco Durañona, durante la presentación del proyecto.

El legislador explicó que “hay modelos contractuales que generaran el famoso ‘tómalo o déjalo’, esos contratos de adhesión en los que no hay posibilidad alguna que quienes quieren alquilar puedan discutir ni una coma del contrato y se encuentran en una situación de enorme vulnerabilidad”.

El proyecto

La propuesta expresa en sus fundamentos que los corredores y martilleros profesionales tendrán la obligación “de visibilizar los derechos” de los inquilinos “exhibiéndolos en sus mostradores y/o páginas web”.

“Esta iniciativa persigue el objetivo de equiparar derechos en forma justa, para que no haya desigualdad entre las partes y salvaguardar los derechos de un sector de la población”, en el que “no se genere vacío interpretativo alguno que perjudique en la práctica y acción a la parte más débil”, precisa la iniciativa.

Con respecto a los costos de la gestoría de los contratos de locación, como la solicitud de informe de dominio en el Registro de la Propiedad, las certificaciones de firmas, la averiguación de informes de garantía y cualquier otro gasto relativo a los trámites por locaciones de inmuebles urbanos o rurales no podrán ser requeridos a los locatarios y le corresponderá al locador.

“También se fija que en locaciones con destino urbano y rural se cobrará en concepto de honorarios hasta un 4 por ciento a cargo del locador/a, sobre el monto total correspondiente al primer año de contrato”, detalla.

Establece que “prohíbe que en las locaciones de inmuebles con destino urbano o rural en los que el/la locatario/a sea una persona física, se requiera y/o perciba, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios/as, sublocatarios/as y/o continuadores de la locación”.