Para el Gobierno, el Servicio Meteorológico es “esencial” pero siguen los despidos

Para impedir el paro de los trabajadores del Servicio Meteorológico, el Gobierno decretó que es "esencial". De todos modos, avanzará con 140 despidos.

Despidos en el SMN

Desde que comenzó la gestión de Javier Milei, se multiplicaron los despidos en el Estado. El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) no fue la excepción y frente a una medida de fuerza anunciada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), quedó en evidencia la contradicción del Gobierno.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026 que obligó al gremio de ATE a levantar el paro previsto, introduce un cambio de fondo en el régimen de prestación del servicio meteorológico aplicado a la aviación.

ATE había anunciado un “apagón informativo” en reclamo por los despidos, además del recorte presupuestario. El Gobierno echó a 140 técnicos, operadores y científicos, por lo que las capacidades del organismo para poder pronosticar o lanzar alertas tempranas se ven afectadas. 

Sin trabajadores no hay datos meteorológicos; sin datos no hay pronóstico; sin pronóstico no hay alertas tempranas. El desmantelamiento del SMN pone en riesgo la vida de la población ante desastres climáticos y paraliza la operatividad aérea, marítima, fluvial y productiva del país”, advertía el gremio.

Cabe destacar que desde la llegada de la administración libertaria, el SMN tiene 200 empleados menos que la dotación óptima necesaria. Según la auditoría realizada durante la gestión de Mauricio Macri, debiera ser de 1156 trabajadores, y actualmente cuenta con 980, mientras que el Gobierno pretende reducirla a 740.

Precisaba que no era una “planilla de ajuste” sino un “servicio esencial”. Y el Gobierno entendió la importancia del organismo, pero no en el sentido de mantener (o incluso aumentar) la planta sino que impidió medidas de fuerza. A partir del DNU, el SMN para la Navegación Aérea es esencial.

El texto aclara que no se trata de una declaración de esencialidad de toda la actividad del SMN, sino específicamente de la función meteorológica vinculada a la seguridad operacional de los vuelos, la planificación de rutas, los despegues y aterrizajes y la gestión del tránsito aéreo.

A partir de esta reforma, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA S.A.) pasa a ser la responsable primaria del MET aeronáutico. El nuevo esquema habilita a EANA a prestar ese servicio de manera directa o a través de terceros.

De este modo, el SMN deja de ser el proveedor exclusivo del servicio meteorológico para vuelos, como lo había sido hasta ahora. No obstante, el decreto establece un régimen transitorio para evitar cualquier interrupción del servicio.

Durante un plazo de hasta 180 días hábiles, el Servicio Meteorológico Nacional deberá continuar prestando el MET aeronáutico asistiendo a EANA, mientras se implementa el nuevo esquema de responsabilidades.

La norma también introduce un cambio en el destino de los recursos económicos. El 10% de la Tasa de Protección al Vuelo, que hasta ahora se transfería al SMN como contraprestación por el servicio meteorológico aeronáutico. dejará de ingresar al organismo. Será redireccionado a una cuenta específica del Tesoro Nacional vinculada a la prestación del servicio por parte de EANA.