El Gobierno nacional avanzó con una nueva etapa de desregulación del transporte automotor al actualizar el régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y crear el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos. La medida fue oficializada mediante la Resolución 32/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca simplificar los trámites, ampliar la oferta de servicios y mantener los estándares de seguridad vial bajo un esquema más flexible y eficiente.
La reforma fue impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado junto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. Según explicaron fuentes oficiales, el objetivo es modernizar el sistema vigente y reemplazar mecanismos considerados burocráticos por un modelo más competitivo, interoperable y accesible para los usuarios de todo el país.
Uno de los cambios más importantes es que la verificación técnica podrá realizarse en cualquier taller que esté inscripto en el nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos y que cumpla con los requisitos técnicos establecidos. De esta manera, los propietarios podrán efectuar la revisión en su taller de confianza, eliminando restricciones que limitaban la oferta de prestadores habilitados.
En cuanto a los plazos, los vehículos particulares 0 kilómetro deberán realizar su primera inspección a los cinco años de patentados, mientras que los vehículos de carga y pasajeros tendrán un plazo máximo de 12 meses para la primera revisión. Posteriormente, los vehículos particulares con hasta diez años de antigüedad deberán realizar el control cada 24 meses, y aquellos con más de diez años, una vez por año. En tanto, los vehículos destinados al transporte de pasajeros y cargas continuarán realizando la inspección de manera anual.
La normativa también crea un registro público, gratuito y digital que funcionará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Allí podrán inscribirse talleres, concesionarias e importadores que acrediten capacidad técnica suficiente para efectuar las verificaciones correspondientes a vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales.
La inscripción se realizará mediante una declaración jurada y contará con plazos específicos de tramitación. Si la administración no responde dentro del tiempo establecido, se aplicará un mecanismo de habilitación provisoria automática, sujeto a controles posteriores. Además, la Subsecretaría de Transporte Automotor desarrollará una base de datos nacional para registrar las revisiones realizadas y controlar la emisión de los certificados correspondientes.