El Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable N° 27.642, conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal.
El texto oficial argumenta que la aplicación de la normativa vigente, basada en los parámetros de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), evidenció severas “limitaciones técnicas, regulatorias, operativas y económicas” que justifican su eliminación total.
El proyecto consta de un articulado directo que establece la derogación de la Ley N° 27.642 en su totalidad. Así, desaparecerán los octógonos negros de advertencia y las restricciones asociadas a publicidad, entornos escolares y uso de personajes infantiles en los envases.
El Gobierno señala que el modelo de perfil de nutrientes actual aplica parámetros homogéneos sobre matrices alimentarias muy diferentes, sin considerar las porciones reales consumidas ni la densidad nutricional.
Según el Ejecutivo, esto genera situaciones inconsistentes donde alimentos tradicionales y saludables reciben advertencias equivalentes a las de productos ultraprocesados, provocando “interpretaciones simplificadas o poco precisas” y confusión en el comprador.
Señala que la estructura binaria del sistema (contiene o no contiene la advertencia) no premia los esfuerzos de las empresas por realizar mejoras parciales o graduales en la composición nutricional de sus productos dentro de una misma categoría.
Además, señala falta de armonización regional en materia de rotulado frontal genera trabas operativas dentro del Mercosur, obligando al sector a fabricar envases diferenciados. Esta situación afecta especialmente a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs).
El Ejecutivo aclaró que la medida no elimina las obligaciones de información nutricional de los alimentos envasados. La declaración obligatoria de valor energético, azúcares, grasas y sodio continuará plenamente vigente bajo el Código Alimentario Argentino y el sistema armonizado del Mercosur.