El Gobierno denunció penalmente a la jueza porteña Karina Andrade por los delitos de “prevaricato, incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento”.
La denuncia fue motivada por la liberación de 114 detenidos durante la protesta que tuvo lugar en las inmediaciones del Congreso.
La denuncia es contra la magistrada, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la que se la acusa de haber cometido “graves irregularidades”.
En el Poder Ejecutivo consideran que Andrade ordenó la liberación de 114 detenidos “sin haber analizado las pruebas, sin considerar los antecedentes penales de los implicados y sin respetar los procedimientos legales vigentes”.
Aseguran que la magistrada “intervino arbitrariamente en un procedimiento de flagrancia, que es competencia del Ministerio Público Fiscal, y tomó su decisión sin contar con los elementos de prueba necesarios”.
Otro de los puntos que se le critica fue la decisión de la jueza de dictar la resolución a través de un chat de WhatsApp, ya que consideran que eso impidió que se establezca un registro oficial de la decisión y de dar intervención formal a la Fiscalía.
“Lo resuelto por la Juez Andrade carece de fundamentos en los hechos y el derecho aplicable, pues omitiendo la aplicación de las normas antes mencionadas, sin declarar su inconstitucionalidad, resolvió en base a meros argumentos aplicados en abstracto y, lo que es más grave, sin siquiera haber visto las actuaciones, como surge del punto final donde dispone pedirlas a la fiscalía”, señala.
Asimismo, aseguraron que la decisión de liberar a los detenidos de la marcha que tuvo lugar el pasado 12 de marzo configuró “un mero acto de voluntad de la juez, basado en pura ideología”.
Además, plantearon que la magistrada permitió que defensores no designados intervinieran en el proceso, y la acusan de haber incumplido con el procedimiento de flagrancia que determina que el Fiscal tiene la responsabilidad primaria de evaluar la detención.
“La gravedad de los hechos que motivaron la intervención judicial, que fueron puestos de manifiesto por todos los medios de información y necesariamente debió haber sido mencionado en las comunicaciones que reconoció haber recibido, no pueden a priori enmarcarse en un regular y legítimo derecho a manifestar”, criticaron.
Por último, puntualizaron que “tirar piedras, quemar patrulleros, incendiar recipientes de basura y destruir bienes públicos no son formas legitimas de reclamar” sino que son constitutivas de delito.
Por su parte, la jueza aseguró que resolvió con los elementos que tuvo “a disposición”, y pidió diferenciar “la respuesta rápida de la expectativa del Estado de investigar hechos delictivos”.
Andrade destacó además que su decisión se basó en la protección del derecho a la protesta y la libertad de expresión, garantizados por la Constitución Nacional.