Alquileres, expensas, prepagas y transporte: los aumentos de agosto


llegan los 7 aumentos de diciembre

Mientras se esperan los anuncios de parte del nuevo titular de la engordada cartera de Economía, Sergio Massa, y se aguarda el dato oficial del incremento del costo de vida medido por el INDEC, agosto nos impactará con aumentos en el transporte público y a la espera de audiencias públicas para el subte de la Ciudad de Buenos Aires y los taxis.

Tampoco hay noticias de cambios en la Ley de Alquileres vigente, aunque los aumentos de los contratos van a rondar un 61% este mes en línea con el fuerte repunte de la inflación, una suba de cuatro puntos más que en julio cuando el alza fue del 57%.

Cómo calcular el aumento del alquiler

Para calcular el aumento del precio del alquiler, tanto los propietarios como los inquilinos pueden consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica todos los días el BCRA en su sitio oficial.

Este indicador contempla la variación de la inflación, según el IPC que mide el INDEC, y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (RIPTE). Para aplicar el ajuste en base al ICL, se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor de dos fechas: la del inicio del contrato y en la que se hará el aumento.

El índice se puede consultar ingresando en http://bcra.gob.ar/, luego hacer click en la pestaña estadísticas y después en principales variables. La opción ICL se encuentra en el final de la extensa lista que se despliega.

El usuario deberá seleccionar las fechas de inicio y finalización del período que se quiere consultar. Primero se debe colocar la fecha en la que se firmó el contrato, para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará el ajuste.

Luego, tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Por último, se debe multiplicar ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler.

Sino, hay en línea varias calculadoras que simplifican este proceso.

La fórmula que se debe aplicar es el total del alquiler dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo. Ese valor que arroje será el importe del alquiler que el inquilino deberá abonar durante todo el año.

En conclusión, si una persona estuvo pagando $50.000 durante el período agosto de 2021 a agosto de 2022, a partir de este nuevo mes deberá pagar $80.500.

Prepagas

Los afiliados a prepagas tendrán en agosto un nuevo aumento en las cuotas, superior al 10%, en base a un Índice de Costos que se aplicará en forma bimestral.

Los clientes ya comenzaron a recibir la notificación donde se señala que “de acuerdo con la Resolución 1293/2022 del Ministerio de Salud de la Nación y la publicación realizada en la página de la Superintendencia de Servicios de Salud, se dispusieron aumentos generales, complementarios y acumulativos con respecto a los autorizados anteriormente para todas aquellas empresas inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga”.

Así lo dispuso el Ministerio de Salud que “a fin de contar con una referencia para la autorización de aumentos a partir del mes de agosto de 2022, se consideró oportuno construir un índice en el que se reflejen adecuadamente las variaciones en la estructura de costos y que determine los límites máximos de aumento que podrán aplicarse en forma periódica por las entidades del sector”.

La suba que aplicarán las empresas de medicina prepaga en agosto será de 11,34%. En dos meses volverán a incrementarse las cuotas a raíz de este índice, y restará un aumento más en el año.

Este será el séptimo aumento de las cuotas en lo que va del año, tras las subas de 9% en enero, 6% en marzo, 6% en abril, 8% en mayo, 10% en junio y 4% en julio. Así alcanza un 68,5% en 8 meses. Según las prepagas, con este aumento un plan familiar medio de un matrimonio con 2 hijos menores podría rondar entre los $ 40.000 y los $ 60.000 mensuales.

Expensas

El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta Horizontal (SUTERH), que lidera Víctor Santa María, logró un bono de $134.000 que se pagará en siete cuotas consecutivas a partir del mes próximo. El aumento, ya homologado por el Ministerio de Trabajo, beneficiará a unos 80.000 porteros y tendría un impacto en las expensas de entre 6 y 10% según las características del edificio.

La suba salarial se suma al convenio paritaria sellado en marzo pasado, que consistió en un aumento de 27% -15% en abril y 12% en junio- por seis meses, más una suma fija de $8000 en marzo. Las sumas fijas se abonarán de la siguiente manera: dos cuotas de $12.000 (agosto y septiembre), dos de $18.000 (octubre y noviembre), dos de $24.000 (diciembre y enero), y una de $26.000, en febrero de 2023. Estos montos serán remunerativos.

Transporte público

A través de la Resolución 514/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó el incremento en el boleto de colectivos para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El aumento será en torno al 40%. De esta manera, el boleto mínimo de colectivo pasará a costar $25,20, en tanto el de trenes rondará entre $9,50 y $17,50, según el ramal.

En consecuencia, la escala de las tarifas de colectivo serán de $25,20 para el tramo de hasta tres kilómetros -hasta ahora el pasaje mínimo costaba $18-; de $28, entre tres y seis km; $29,40, entre seis y 12 km; $30,80, entre 12 y 27 km; y $32,20, para más de 27 kilómetros. Cabe aclarar que comenzarán a regir a partir del 1º agosto próximo.

En cuanto a los ferrocarriles, el boleto mínimo en el Belgrano Norte será de $9,50; en el Roca y Belgrano Sur, $10,75; en el Urquiza, $11,25; y en el Mitre, Tren de la Costa, Sarmiento y San Martín, $17,25.

Empleo doméstico

La suba en los haberes será según lo pautado en julio y a la espera de una nueva convocatoria con el propósito de cerrar paritaria a mediados del mes. En ese marco, los salarios de agosto serán los siguientes:

Supervisor

Se trata de personal encargado llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

  • Personal con retiro: $437,50 por hora y $54.612,50 mensuales.
  • Personal sin retiro: $479 por hora y $60.832 mensuales.
  • Personal con retiro: $437,50 por hora y $54.612,50 mensuales
  • Personal sin retiro: $479 por hora y $60.832 mensuales.

Personal para tareas específicas

Se trata principalmente a los cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.

  • Personal con retiro: $414 por hora y $50.738 mensuales.
  • Personal sin retiro: $454 por hora y $56.480 mensuales.

Caseros

Esta categoría incluye a personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única que se presume sin retiro.

  • $390,50 por hora y $49.503 mensuales.

Asistencia y cuidado de personas

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios.

  • Personal con retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.
  • Personal sin retiro: $437,50 por hora y $55.166 mensuales.

Personal para tareas generales

Se encarga de realizar tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Comprende a la empleada doméstica o mucama que presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.

  • Personal con retiro: $362,50 por hora y $44.517,50 mensuales.
  • Personal sin retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.

Según el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.