Dictaron falta de mérito a Paolo Rocca en la causa de los cuadernos

La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento del CEO de Techint al considerar que no había pruebas suficientes aún para determinar si tuvo participación en el pago de coimas.

La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento de Paolo Rocca, CEO y presidente de Techint, en la causa de los Cuadernos de la corrupción.

El empresario había sido procesado por el juez Claudio Bonadío por los supuestos delitos de cohecho y asociación ilícita, en el marco de los sobornos entregados por su compañía al entonces funcionario del Ministerio de Planificación Roberto Baratta.

Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi determinaron que no habría pruebas suficientes aún para determinar si Rocca tuvo o no participación en el pago de coimas durante 2008. Solicitaron al juez Bonadio que siga profundizando la investigación para determinar si efectivamente Rocca ordenó o tuvo conocimiento de las coimas y que se ahonde la pesquisa para probar si estos pagos se hicieron realmente para obtener ayuda de los Kirchner frente a la crítica situación de la empresa Sidor en Venezuela.

El director Corporativo de Techint, Luis Betnaza, y el ex director de Administración, Héctor Zabaleta, admitieron su participación en los pagos y están procesados en el expediente. Ambos sostuvieron que los sobornos que recibía Baratta estaban destinados a conseguir la mediación de los Kirchner ante el entonces presidente de Venezuela, Hugo Chávez, para evitar la estatización de Sidor, propiedad de los Rocca en ese país.

Bonadio, al igual que los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo, habían entendido que Rocca, como jerarca de la compañía, no podía ignorar que sus subalternos habían pagado coimas a funcionarios y determinaron que el empresario tenía responsabilidad penal por el hecho. El juez del caso había considerado que por el “cargo que ostentaba (Rocca) no podía desconocer la existencia de los pagos efectuados por el grupo económico al cual pertenecía”. Sin embargo, los camaristas de la Sala I consideraron que esa teoría resulta “insuficiente” para procesar al empresario, como sostiene la defensa.

Zabaleta y Betnaza “no eran meros dependientes que limitaban su obrar al ciego cumplimiento de una orden” porque tenían cargos de directores, entendieron los jueces. “No es posible inferir que cada acto desarrollado por los directivos de las diferentes compañías, fuese generado desde la cúspide del grupo”, sostiene el fallo.

Para dictar la falta de mérito, los jueces también se basaron en que Rocca no aparece en contacto con los entonces funcionarios del ministerio de Julio De Vido, de acuerdo al entrecruzamientos de llamadas telefónicas ordenados en la causa. Zabaleta sí figura en esos cruces.