En una histórica decisión, el Gobierno estableció el cupo laboral trans en la administración pública

No puede ser inferior al 1 por ciento. "Es un hecho histórico que busca reparar una desigualdad estructural", aseguró la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

El Gobierno estableció en el ámbito del sector público nacional que los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción “no inferior al uno por ciento”, por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias, y en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.

Así lo establece el Decreto 721/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.

La decisión -que apunta a lograr una “efectiva inclusión”- se tomó en virtud de “respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Además, en los considerandos del decreto, se señala que “el ejercicio de los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero se ve obstaculizado por un patrón sistemático de desigualdad que afecta particularmente a este colectivo desde la niñez”.

“El Estado Nacional, como garante de los derechos humanos, asumió el compromiso de propender a la eliminación de prácticas discriminatorias de cualquier naturaleza que entrañen la violación de derechos”, indica a norma. El decreto agrega que “se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero”, y que esto “en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes”.

Según se precisa, la medida abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen. Ellas tendrán derechos a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión.

Se establece además que, “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia” en el cupo laboral, y se permitirá su ingreso con la “condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos”.

En tanto, el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad y el Instituto Nacional de la Administración Pública capacitarán a las autoridades y al personal del Poder Ejecutivo Nacional para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo se realice “en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas”.

Asimismo, se establece que se creará un Registro de Anotación Voluntaria para aspirantes y se crea una Unidad de Coordinación Interministerial que elaborará las condiciones necesarias para el cumplimiento de la norma y su observación.

“Es un hecho histórico”

La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD), Elizabeth Gómez Alcorta, sostuvo que “es un hecho histórico que busca reparar una desigualdad estructural que existe en la sociedad”.

“Existe en nuestra sociedad un patrón sistemático de desigualdad que somete particularmente a las personas travestis, transexuales y transgénero a una cadena de exclusiones y discriminación que muchas veces se inicia en la niñez”, sostuvo Gómez Alcorta.

Asimismo, señaló que “desde el Estado tenemos la obligación de generar las condiciones para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades” y entendió que “el cupo laboral trans es un paso importante en ese camino”,

Para llevar adelante esta política se creará una Unidad de Coordinación Interministerial que estará a cargo del MMGyD y que será integrada por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Nación de la Jefatura de Gabinete; el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Educación, que buscará garantizar el cumplimiento efectivo del ingreso y permanencia en los trabajos de este sector de la población.

Gómez Alcorta recordó que “las personas travestis, transexuales y transgénero históricamente fueron criminalizadas por códigos contravencionales y de faltas, y siguen en muchos casos siendo víctimas de violencia institucional por lo que la responsabilidad del Estado es ineludible”.

“A esto hay que sumar la expulsión histórica en los ámbitos educativos, la dificultad en la obtención de trabajos formales y estables. Por eso, esta normativa además de garantizar un piso mínimo de empleos para la población travesti trans, atiende particularmente esta cadena de exclusiones”, explicó.