Cuestionan la legalidad de las restricciones para retornar al país y el aislamiento bonaerense

La mayoría de los expertos coincide en destacar lo desporporcionado de la medida y que la emergencia no puede vulnerar los derechos constitucionales.

Las limitaciones para el ingreso de personas al país decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional y el aislamiento obligatorio durante cuatro días en hoteles pagados por quienes regresan al pais que instrumentará el gobierno bonaerense despertaron numerosas polémicas en torno a la constitucionalidad de las medidas anunciadas en el marco del combate contra la pandemia de coronavirus.

El abogado Diego Armesto, subrayó que el artículo 14 de la Constitución establece que todo argentino puede transitar, permanecer, salir y entrar del territorio cuando lo desee por lo cual “no se puede, como dijo la directora de Migraciones Florencia Carignano, prohibir la entrada al país bajo el argumento del “yo te avisé””, sostiene para rebatir el argumento una postura que sostiene que las restricciones se amparan en la teoría de los actos propios que establece que los viajeros firmaron una declaración al salir del país donde se alerta que podrían existir cambios en los vuelos a causa de la situación sanitaria.

“No funciona así. Acá tienen que existir normas, reglas, leyes que declaren las limitaciones a las libertades y que deben ser establecidas por el Congreso Nacional y no por una resolución provincial. Claramente son medidas inconstitucionales que producen una grave ofensa a las normas de la Constitución Nacional”, abundó.

Acerca del aislamiento obligatorio en hoteles decretado por la administración bonaerense indicó que si un ciudadano puede comprobar que está vacunado y que presentó un PCR negativo 72 horas antes de viajar, la reclusión es “redundante teniendo en cuenta que puede hacerlo en su casa”, tras lo cual consideró que “claramente” es una variable que se suma a “una persecución a los que tienen la posibilidad ir al exterior, vacunarse y tener la vacuna que no le da el gobierno a los argentinos”.

En relación a la presunta renuncia de derechos que implicaría la firma de una declaración jurada, el abogado Alfredo Vitolo aseguró que “más allá de que la renuncia anticipada al ejercicio de derechos fundamentales resulta de por sí un tema discutible, aún cuando esta pueda ser considerada válida, la medida adoptada por el gobierno de la provincia de Buenos Aires exigiendo que toda persona que llegue del exterior del país sin ningún tipo de distinción deba permanecer aislada en hoteles resulta manifiestamente irrazonable”.

En ese sentido, recordó el voto del presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Carlos Rozenkrantz, en la causa que el Gobierno porteño inició contra el Estado Nacional por las clases presenciales en el que se puso de relieve que “la emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente”, sino que aclara que “está sujeta al derecho” al ser una situación jurídicamente regulada lo que significa “modo alguno que cualquier medida que pudiera representarse como eficaz para atender la situación sea, por esa sola razón, constitucionalmente admisible”.

Desde esa postura, Vítolo ponderó que la medida adoptada por la administración de Axel Kicillof “no pasa el test de proporcionalidad” por lo cual “solo aparece como una medida desesperada y sin justificación racional”.

Por su parte, para el director del posgrado de Derecho Constitucional de la UBA y presidente de la asociación argentina de esa disciplina, Daniel Sabsay, a Constitución garantiza el derecho a circular, transitar y entrar en el territorio argentino por lo cual el decreto del gobierno “prácticamente elimina ese derecho”.

“Según la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, incluso cuando la restricción de un derecho se basa en la ley, debe demostrarse que ésta es la menos perjudicial. En este caso, es la decisión más perjudicial porque suprime el derecho de tránsito, obliga a una especie de reclusión en el extranjero sin horizonte de retorno y obliga a la persona a afrontar todos los gastos. Y cuando consiguen volver a su país, tienen que ser confinados en un hotel, por el que también tienen que pagar”, añadió el abogado.

Sabsay enfatizó que “una declaración jurada no sustituye a la Constitución” y recordó que los argentinos deben hacerse tres pruebas de PCR: una en el país de origen del vuelo; otra al aterrizar en Buenos Aires; y una tercera siete días después del aislamiento.

Finalmente, para el especialista en Derecho Constitucional Félix Lonigro la decisión administrativa que estableció un cupo de ingreso de 2.000 personas, primero y 600 después, al país limita “el derecho de entrar y salir del territorio, expresado en la Constitución Nacional” y subrayó que si bien una restricción “en sí misma” no es inconstitucional, si lo es cuando “no está prevista por ley o cuando, aún siendo votada por el Congreso, restringe desproporcionadamente un derecho”.

“En este caso, la razonabilidad podríamos aceptarla si lo que se busca evitar es que esta la cepa delta de coronavirus ingrese fácilmente a la Argentina. El problema acá es la legalidad. Esto es una decisión administrativa. Sucede lo mismo que ya vimos con los DNU: tendría que ser respaldado por el Congreso. La inconstitucionalidad pasa aquí por el medio utilizado más que por la razonabilidad de la medida”, precisó.

Presentan un proyecto para pedir que no se limite el ingreso de argentinos al país

Los diputados de la UCR por Mendoza Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y Luis Petri presentaron un proyecto de resolución para que el Gobierno nacional deje sin efectos y retrotraiga el cierre de fronteras con las restricciones de reingreso de ciudadanos argentinos dispuesta en el pasado 25 de junio.

Para los diputados esta medida resulta inconstitucional en la forma como así también por ir en contra de los derechos constitucionales que el Estado está obligado a garantizar dado que “restringe, lesiona y altera el derecho de libre circulación”. Además deben considerarse las consecuencias y efectos que su vigencia actual está produciendo y los daños a futuro.

El pedido destaca que “las medidas eficaces y comprobadas ante las mutaciones del Covid-19 y la dinámica de la pandemia son la prevención y control, a través de más vacunación y más eficientes controles y seguimiento; inconstitucionalmente se opta por medidas de restricción y cierre que no podrán tener solución de continuidad ante los daños que desde la fecha de emisión de la medida la misma está provocando”.

“Los resultados de la pésima administración de la pandemia llevada a cabo por el Gobierno, deja a nuestro país con mayor cantidad de muertos por millón de habitantes; un atraso significativo e injustificado en la implementación del plan de vacunación debido a la ineficiencia en la contratación de las dosis suficientes para la inmunización de la población y que trajo una brusca caída de la economía”, explicó el diputado Cornejo.

El proyecto destaca que estas restricciones desestimulan que haya nuevas reservas y clausura oportunidades para todo el sector turístico, estableciendo un patrón negativo para el país en términos de conectividad. Según alerta la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo y el Foro Argentino de Foros de Viajes, las cifras oficiales muestran una caída del 77 por ciento en la cantidad de arribos y partidas, por lo que este nuevo cierre pone al sector en una situación todavía más crítica.

La iniciativa es acompañada por los diputados del interbloque de Juntos por el Cambio Gustavo Menna, Ximena García, Juan Martín, Federico Zamarbide, Soledad Carrizo, Jorge Enriquez, Javier Campos, Lidia Inés Ascarate, Victoria Morales Gorleri, Cristian Ritondo, José Nuñez, Alicia Fregonese, Claudia Najul, Luis Pastori, Héctor Stefani, Ezequiel Fernández Langan, Gabriela Lena, Ricardo Buryaile, Gerardo Cipolini y María Luján Rey, entre otros.